TESTIMONIO: VISTO: La donación realizada por la Asociación Cooperadora del Hospital Subzonal de Balcarce, y CONSIDERANDO: Que es facultad de este Organismo Legislativo aceptar o rechazar la misma, en virtud de lo preceptuado por el Artículo Nº 57 de la Ley Orgánica Municipal y su concordante 158º del mismo cuerpo legal. Que dicho instrumental mejorar las prestaciones que brinda el Hospital para pacientes internados. POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante del Partido de Balcarce, en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente: O R D E N A N Z A Nº 7/00 ----------------------------- ARTICULO 1.- Acéptase la donación realizada por la Asociación ------------ Cooperadora del Hospital Subzonal de Balcarce, consistente en un (1) respirador marca Siemens 900B para adulto con línea paciente mezclador y mangueras de aire y oxígeno, por un valor de pesos seis mil novecientos ($ 6.900.-) según factura Nº 0001 - 00000120 emitida por la razón social Pablo Maiola S.R.L., de fecha 13/5/99 y diez (10) sillas "Valeria", por un valor de pesos trescientos setenta y ocho ($ 378.-), según factura Nº 0003 - 00000674 de fecha 17/5/99 emitida por la razón social Centro Hogar, a favor del Hospital Subzonal de Balcarce Organismo Municipal Descentralizado.------------------------------------------------------ ARTICULO 2.- Cúmplase, comuníquese, regístrese y publíquese.---------- ------------ DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, en Sesión Ordinaria, a los trece días del mes de abril de dos mil. FIRMADO: Fabián D. Ridao - PRESIDENTE - Juan José Troya - SECRETARIO.-